
Subvenciones para placas solares en Madrid: hasta el 50 % de ayudas.
La Comunidad de Madrid mantiene la mejor combinación de ayudas a la fotovoltaica residencial del país: bonificación del IBI municipal hasta cinco años, deducción del 20 % en IRPF estatal, deducción autonómica del 10 % y Plan Renove para comunidades de vecinos. Las tramitamos todas como parte del servicio. No las pierdes por papeleo.
- Bonificación del IBI municipal: hasta −50 %
- Deducción del 20 % en el IRPF estatal
- Deducción autonómica madrileña del 10 %
- Plan Renove para comunidades de vecinos
−50 %
IBI municipal (hasta 5 años)
−20 %
Deducción IRPF estatal
−10 %
Deducción autonómica CM
30-50 %
Coste neto cubierto total
Las subvenciones de placas solares en Madrid cubren del 30 % al 50 %.
Cuatro vías de ayuda combinables: municipal, estatal, autonómica y, para comunidades de vecinos, autonómica adicional. Sumadas, reducen drásticamente el coste neto de cualquier instalación residencial.
En la Comunidad de Madrid, las ayudas vigentes para la instalación de placas solares en vivienda residencial se articulan en cuatro vías administrativas distintas que se gestionan ante administraciones diferentes y que son acumulables entre sí. Comprenderlas en detalle es lo que separa una instalación con coste neto óptimo de otra que paga el precio bruto completo. La buena noticia es que, sumadas correctamente, esas ayudas cubren entre el 30 % y el 50 % del coste de una instalación residencial en la mayoría de los casos. La mala es que cada una tiene sus propios plazos, requisitos y formularios —y perder cualquiera de ellos por papeleo es muy fácil si el instalador no asume la tramitación.
La bonificación municipal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es la ayuda con mayor variabilidad entre municipios. Cada ayuntamiento de la Comunidad fija su porcentaje y su duración mediante ordenanza fiscal anual. Los rangos habituales están entre el 30 % y el 50 % de la cuota íntegra del IBI, durante un período de 3 a 5 ejercicios consecutivos. Los municipios con bonificación de cinco años (Alcobendas, Alcorcón, Leganés, Las Rozas) son los más generosos. Madrid capital aplica bonificación del 50 % durante tres años. Móstoles, Alcalá, Fuenlabrada, Getafe, Torrejón y Parla varían según ordenanza, pero todos mantienen alguna bonificación activa en 2026.
La deducción del 20 % del IRPF estatal por mejora de eficiencia energética se aplica en la declaración de la renta del año siguiente al de la inversión. Se requiere que la instalación reduzca al menos el 30 % del consumo de energía primaria no renovable de la vivienda habitual (todo autoconsumo bien dimensionado supera ese umbral con holgura). La base de la deducción es el coste de la instalación con un máximo de 5.000 € por contribuyente. Eso supone hasta 1.000 € de ahorro fiscal en el IRPF del año siguiente. La documentación clave es el certificado de eficiencia energética posterior a la instalación, que emite un técnico colegiado.
La deducción autonómica madrileña del 10 % por gastos de mejora energética en vivienda habitual es la ayuda menos conocida pero perfectamente vigente. Se aplica en la parte autonómica del IRPF (no se acumula con la estatal en la misma base, pero sí en la cuota global). El límite es del 10 % de la cuota íntegra autonómica del año fiscal en cuestión. En perfiles de renta media-alta, supone ahorro adicional de 200-500 € en la declaración anual durante los años siguientes a la inversión.
Para comunidades de vecinos, además, está el Plan Renove de la Comunidad de Madrid, que subvenciona la rehabilitación energética integral o parcial de edificios residenciales —y, desde 2023, también la instalación de placas solares fotovoltaicas como parte de esa rehabilitación. Los porcentajes de subvención oscilan entre el 40 % y el 60 % del coste de la actuación según calificación energética alcanzada y perfil socioeconómico de los propietarios. Para una comunidad típica de 12-18 viviendas, la subvención del Plan Renove puede alcanzar fácilmente los 60.000 €-150.000 € totales sumando todas las actuaciones.
La tramitación correcta de las cuatro vías exige conocer plazos, formularios y administraciones competentes. La bonificación del IBI se solicita en cada ayuntamiento antes del 31 de diciembre del año anterior al de aplicación. La deducción del IRPF se incluye en la declaración del ejercicio siguiente, aportando el certificado de eficiencia energética. La deducción autonómica se calcula al elaborar la parte autonómica del IRPF. El Plan Renove se solicita en convocatorias específicas que abre la Consejería de Vivienda, con plazos estrictos. Como parte del servicio, nuestro equipo administrativo tramita las cuatro vías, hace seguimiento del expediente y te entrega copia firmada de cada justificante presentado.
Bonificación habitual
Hasta el 50 % de la cuota durante 3-5 años según ayuntamiento. Alcobendas, Alcorcón, Leganés y Las Rozas ofrecen 5 años.
Deducción por eficiencia
Sobre base de hasta 5.000 €. Requiere certificado de eficiencia energética que justifique reducción del 30 % de consumo.
Deducción autonómica
Sobre gastos de mejora energética en vivienda habitual. Aplicable en parte autonómica del IRPF.
Comunidades de vecinos
Subvención sobre coste total de rehabilitación energética con placas incluidas. Solo para comunidades, no para unifamiliar.
Gestionamos íntegramente las cuatro vías de subvención. Tú solo firmas.
No subcontratamos la tramitación administrativa. Nuestro equipo presenta cada expediente, hace seguimiento hasta confirmación oficial y te entrega copia firmada de todo lo presentado.
Bonificación municipal del IBI
Solicitud antes del 31 de diciembre del año anterior. Aportamos certificado, boletín y alta como autoconsumo. Seguimiento hasta confirmación del ayuntamiento.
Deducción del 20 % en IRPF
Coordinamos con el técnico que firma el certificado de eficiencia energética antes y después de la instalación. Te entregamos la documentación lista para la declaración.
Deducción autonómica madrileña
Te explicamos cómo aplicar la deducción del 10 % en la parte autonómica del IRPF, qué casillas rellenar y qué documentos guardar. Compatibilidad con IRPF estatal verificada.
Plan Renove para comunidades
Para autoconsumo colectivo, redactamos el proyecto técnico integrado con rehabilitación energética, solicitamos la subvención y ejecutamos las actuaciones en plazo.
Plan MOVES III para wallbox
Si tu instalación incluye punto de recarga para coche eléctrico, tramitamos los 400 € del Plan MOVES III además del resto de ayudas. Acumulable con las anteriores.
Justificantes archivados
Te entregamos copia firmada de cada documento presentado, registro de entrada y resolución oficial. Sin pérdidas de documentación por nuestra parte.
Aresa
Me han instalado placas fotovoltaicas en casa y todo ha ido genial. Han cumplido tanto los plazos como el presupuesto acordado, sin sorpresas.
William Zac
Decidimos poner placas solares, pedimos información a InstalaSolar y desde el primer momento la atención fue inmejorable.
Miguel Esteb
Muy satisfechos con todo, desde la solicitud del presupuesto (que respondieron rápido) hasta la finalización de la colocación de las placas.
De la firma del contrato a la confirmación de las ayudas, en cinco pasos.
La tramitación arranca con la instalación y sigue durante meses hasta confirmar el ingreso o reducción fiscal final. Nuestro equipo administrativo hace seguimiento hasta el último día.
- 01
Análisis inicial
Evaluamos qué ayudas concretas puedes solicitar según tu municipio, perfil fiscal y tipología de instalación. Cuantificamos el ahorro fiscal esperado por escrito.
- 02
Documentación preparada
Mientras se ejecuta la instalación, preparamos toda la documentación necesaria: certificados, boletines, alta de autoconsumo, certificado de eficiencia energética, formularios firmados.
- 03
Solicitud municipal del IBI
Antes del 31 de diciembre presentamos la solicitud de bonificación del IBI en tu ayuntamiento con todos los anexos firmados. Te entregamos copia con registro de entrada.
- 04
Soporte en la declaración del IRPF
Cuando llega la campaña de la Renta del año siguiente, te entregamos documento resumen con todos los datos necesarios para aplicar correctamente las deducciones estatal y autonómica.
- 05
Seguimiento hasta confirmación
Hacemos seguimiento del expediente municipal hasta que el ayuntamiento confirma la bonificación. Si hay requerimiento de subsanación, lo gestionamos sin coste adicional.
Tramitación administrativa que la mayoría de instaladores no asume.
Tramitar las cuatro vías de ayuda exige conocer plazos, requisitos y formularios concretos de cada administración. La mayoría de instaladores dejan al cliente esa parte por su cuenta, y como resultado, miles de viviendas pierden cada año la bonificación del IBI por no presentar a tiempo. Aquí lo hacemos nosotros.
Equipo administrativo propio
No subcontratamos a gestores externos. Nuestro equipo presenta cada expediente, hace seguimiento y resuelve requerimientos de subsanación si surgen. Tú no tratas con la administración.
Conocemos cada ordenanza municipal
Trabajamos con bonificaciones del IBI de los 28+ municipios donde operamos. Sabemos plazos, formularios y particularidades concretas de cada ayuntamiento de la corona metropolitana.
Seguimiento hasta confirmación oficial
No 'presentamos y olvidamos'. Hacemos seguimiento del expediente hasta tener la resolución firmada por escrito. Si hay requerimiento, lo subsanamos en plazo sin coste adicional.
Justificantes archivados y entregados
Recibes copia firmada con registro de entrada de cada documento presentado. Esa documentación es tu garantía de que la tramitación se ha hecho correctamente y a tiempo.
Las dudas que vemos cada semana sobre este servicio.
Si te queda alguna por contestar, llámanos. Sin formularios interminables ni comerciales detrás.
¿Cuántas ayudas se pueden combinar para placas solares en Madrid?
Hasta cuatro vías diferentes son acumulables en la Comunidad de Madrid en 2026. La primera es la bonificación municipal del IBI (entre el 30 % y el 50 % de la cuota durante 3-5 años según ayuntamiento). La segunda es la deducción del 20 % en el IRPF estatal por mejora de eficiencia energética (base máxima 5.000 €, hasta 1.000 € de ahorro). La tercera es la deducción autonómica madrileña del 10 % por gastos en vivienda habitual (sobre cuota autonómica del IRPF). La cuarta, solo para comunidades de vecinos, es el Plan Renove de la Comunidad de Madrid (40-60 % del coste total de rehabilitación con placas incluidas). Sumadas, las cuatro ayudas cubren entre el 30 % y el 50 % del coste neto de la instalación en perfiles habituales.
¿Cómo se solicita la bonificación del IBI en Madrid?
Cada ayuntamiento tiene su propio procedimiento, pero el patrón general es similar. La solicitud se presenta expresamente (no es automática) antes del 31 de diciembre del año anterior al primero de aplicación, en el registro general o en la sede electrónica del ayuntamiento correspondiente. La documentación habitual incluye: instancia genérica con datos del propietario, certificado de instalación eléctrica firmado, boletín de Industria, alta como autoconsumo ante la distribuidora, copia del DNI y del último recibo del IBI. Algunos ayuntamientos exigen documentación adicional. Como parte del servicio, nuestro equipo administrativo prepara toda la documentación específica del municipio que aplique.
¿Qué requisitos hay que cumplir para la deducción del IRPF estatal?
La deducción del 20 % en el IRPF estatal por instalación de placas solares está regulada en el Real Decreto-ley 19/2021 (con sucesivas prórrogas). Los requisitos clave son: la vivienda debe ser habitual (no segunda residencia ni inmueble de inversión), la instalación debe reducir al menos el 30 % del consumo de energía primaria no renovable de la vivienda (cualquier instalación residencial bien dimensionada cumple), debe certificarlo un técnico colegiado mediante certificado de eficiencia energética emitido antes y después de la obra, y la base máxima de deducción son 5.000 € por contribuyente. La deducción se aplica en la declaración del IRPF del ejercicio en que se realiza la instalación.
¿La deducción autonómica madrileña se acumula con la del IRPF estatal?
Sí, técnicamente sí, porque actúan sobre tramos distintos del IRPF (estatal y autonómico). La deducción estatal del 20 % reduce la cuota íntegra estatal del IRPF; la deducción autonómica madrileña del 10 % por gastos de mejora energética reduce la cuota íntegra autonómica del mismo IRPF. Ambas se reflejan en la misma declaración anual y se suman en el cálculo final. Importante: hay un límite conjunto del 10 % de la cuota íntegra autonómica para la parte madrileña, y el conjunto no puede superar la cuota total a pagar. En perfiles con renta media-alta y deducción estatal aplicada al máximo, la deducción autonómica suele aportar entre 200 € y 500 € de ahorro adicional.
¿Qué es el Plan Renove de la Comunidad de Madrid y cómo funciona?
El Plan Renove de la Comunidad de Madrid es el programa autonómico de ayudas para rehabilitación energética de edificios residenciales vigente desde 2018 (con sucesivas renovaciones anuales). Subvenciona actuaciones que mejoran la calificación energética del edificio: aislamiento de fachadas y cubiertas, sustitución de ventanas, mejora de sistemas de calefacción centralizada y, desde 2023, también instalación de placas solares fotovoltaicas como parte de esa rehabilitación. Los porcentajes de subvención varían entre el 40 % y el 60 % del coste total según calificación energética alcanzada. Está dirigido principalmente a comunidades de vecinos, no a vivienda unifamiliar. Las ayudas se solicitan ante la Consejería de Vivienda en convocatorias específicas anuales.
¿Cuánto puedo ahorrarme en total con todas las subvenciones?
Depende del municipio, del perfil fiscal y de si se trata de vivienda unifamiliar o comunidad de vecinos. Para una instalación residencial típica en Madrid de 5 kilovatios pico que cuesta 7.500 € brutos, las ayudas combinadas se sitúan habitualmente en: 1) bonificación del IBI durante 3-5 años: 600 € - 1.500 € acumulados, 2) deducción del 20 % en IRPF: hasta 1.000 €, 3) deducción autonómica del 10 %: 200-500 €. Total: entre 1.800 € y 3.000 € de ahorro neto en impuestos, lo que reduce el coste neto efectivo a 4.500-5.700 €. Para comunidades de vecinos con Plan Renove, el ahorro porcentual sube significativamente.
¿Qué pasa si vendo la vivienda antes de agotar la bonificación del IBI?
La bonificación del IBI está vinculada al inmueble, no al propietario. Si vendes la vivienda durante el periodo de bonificación (3 o 5 años según municipio), el nuevo propietario sigue disfrutando del descuento por los años restantes hasta agotar el plazo. Eso, además, es un argumento de venta: una vivienda con placas solares produciendo y autoconsumo legalizado se valora entre un 3 % y un 4 % por encima de una vivienda equivalente sin instalación, según estudios del mercado inmobiliario español. En el caso de la deducción del IRPF, esta se aplica solo en el ejercicio fiscal en que se realiza la inversión, no a años posteriores, así que la venta no afecta a esa parte.
¿Hay subvenciones específicas para pymes o pequeño comercio?
Sí. Las empresas que instalen autoconsumo fotovoltaico pueden acogerse a la deducción del 10 % en el Impuesto sobre Sociedades por inversión en mejora de eficiencia energética (Ley 27/2014 del IS, prórrogas anuales en presupuestos). Adicionalmente, los autónomos pueden deducir la inversión en su declaración de IRPF como elemento patrimonial afecto a actividad económica. Las subvenciones a través del IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía) tienen convocatorias periódicas específicas para empresas. Tramitamos también todas estas vías para clientes pyme y comercio.
¿Las subvenciones se cobran o se aplican como descuento fiscal?
Depende de cada ayuda. La bonificación del IBI municipal se aplica como reducción de la cuota en el recibo anual: no hay ingreso bancario, sino que pagas menos cada año. La deducción del IRPF estatal y la deducción autonómica se aplican en la declaración anual de la Renta, reduciendo la cuota a pagar o aumentando la devolución. El Plan Renove sí se cobra como ingreso bancario en la cuenta del solicitante una vez verificada la actuación. El Plan MOVES III también se cobra como ingreso bancario. Para vivienda unifamiliar, la mayor parte del beneficio se traduce en ahorro fiscal acumulado a lo largo de varios años, no en un ingreso único.
¿La gestión de las subvenciones tiene coste adicional?
No. La tramitación íntegra de las cuatro vías de ayuda (IBI municipal, IRPF estatal, deducción autonómica madrileña y Plan Renove si aplica) está incluida en el precio del servicio de instalación. Nuestro equipo administrativo prepara la documentación, presenta cada expediente, hace seguimiento hasta la confirmación oficial y resuelve cualquier requerimiento de subsanación que pueda surgir. Te entregamos copia firmada con registro de entrada de cada documento presentado. Es una de las diferencias clave frente a los instaladores que dejan esta parte al cliente y que provocan que muchas viviendas pierdan ayudas por papeleo no presentado a tiempo.

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